Plan individual de ahorro sistemático (PIAS)
El plan individual de ahorro sistemático o PIAS, es un seguro de vida consistente en la aportación de una prima periódica con la finalidad de conseguir unos ingresos extras de cara al futuro, y sobre todo de cara a la jubilación. Es un producto muy novedoso que nació en el 2007 tras la reforma del IRPF, que busca un ahorro alternativo al que se realiza en planes de pensiones o PPA. Para ello goza de unas excelentes ventajas fiscales si se cobra el capital final percibido en forma de renta vitalicia.
El sentido de este producto radica en constituirse como alternativa a los planes de pensiones y planes de previsión asegurados (PPA), porque tiene un mejor tratamiento fiscal en el momento de su cobro, una mayor rentabilidad y la posibilidad de rescatar el capital en cualquier momento. En los planes de pensiones y PPA esto no es posible, salvo en casos tasados en la ley, pero por el contrario las cantidades aportadas son deducibles anualmente en el IRPF.
El esquema de rentabilidad del producto es muy similar al del PPA, se garantiza un interés mínimo en contrato, y anualmente al cliente se le comunica ei interés establecido en función de la coyuntura económica del momento, que siempre es superior al interés mínimo garantizado. De esta forma el asegurado se protege cuando los intereses están bajos y se beneficia cuando están altos.
Le asesoraremos sin compromiso alguno, le propondremos los productos financieros más novedosos y que satisfagan sus necesidades de ahorro. Somos especialistas en este tipo de productos y trabajamos con las compañías de seguros con mayor prestigio y solvencia contrastada del mundo asegurador. No tendrá porque preocuparse de sus ahorros, con nosotros estará 100% asegurados.
Coberturas
Las características principales de este tipo de seguros son:
– El tomador asegurado y beneficiario tienen que ser la misma persona (para poder disfrutar de las ventajas fiscales del producto).
– Aportación de una prima periódica (mensual trimestral, semestral o anual) con un máximo de 8.000€ anuales.
-Duración determinada (con un mínimo de 10 años para beneficiarse de los beneficios fiscales).
– Liquidez del producto, permitiendo el rescate del mismo en cualquier momento.
– Cobertura de fallecimiento, en caso de muerte del asegurado los beneficiarios percibirán el saldo acumulado más el interés mínimo garantizado (según condiciones contractuales de cada compañía).
– Exenciones fiscales en caso de cobrarse el plan en forma de renta vitalicia.