Responsabilidad civil de directivos y administradores
El seguro de responsabilidad civil de administradores y directivos, consiste en una cobertura por la que la compañía de seguros asume la responsabilidad de aquellos actos negligentes y culposos cometidos por el directivo o administrador en su actividad de gestión de una empresa.
La necesidad de este seguro es esencial para salvaguardar el patrimonio del administrador o el directivo de una sociedad frente a reclamaciones de terceros. La ley de sociedades anónimas o limitadas impone una responsabilidad directa a los administradores o directivos por los actos desempeñados en su actividad. Además la experiencia actual nos demuestra que las reclamaciones por este tipo de actos va en aumento y esta cobertura es esencial si no querernos que el administrador tenga que responder con sus bienes.
La empresa es la tomadora del seguro y cubre a la responsabilidad civil de todos los altos cargos de la empresa incluso de aquellos de sociedades participadas. Se tratan de actos negligentes y culposos que supongan o deriven en una responsabilidad civil (no penal),
Las posibles reclamaciones no solo pueden venir de terceros ajenos a la empresa corno proveedores, clientes, autoridades fiscales o seguridad social, sino que también de personas pertenecientes a la empresa (empleados, accionistas. filiales etc.).
Tenemos una gran experiencia y profesionalidad contrastada en la oferta y contratación de seguros para su empresa. Le propondremos el seguro de responsabilidad civil que se adapte a sus necesidades, con las coberturas y límites que necesite, con una prima competitiva. Para poder ofertarle trabajamos codo con codo con las compañías de seguros con mejores productos en el ramo de responsabilidad civil y con las mejores coberturas.
Coberturas
GARANTÍAS BÁSICAS:
– Constitución de fianzas civiles.
– Gastos de constitución de fianzas penales.
– Nuevas filiales.
– Herederos, legatarios, representantes legales y causahabientes.
– Cónyuges y parejas de hecho.
– Empleados codemandados.
– Cargos en sociedades participadas.
– Periodo de extensión de coberturas.
– Gastos derivados de reclamaciones por contaminación.
GARANTÍAS OPCIONALES:
– Gastos de rehabilitación de la imagen pública.
– Gastos de defensa en investigaciones formales.
– Practicas de empleo.
– Multas y sanciones administrativas.
– Administradores jubilados.
– Operaciones de valores con cobertura para la sociedad.
– Cobertura en Estados Unidos y Canadá.